sello

De acuerdo con el art. 617 del Estatuto Tributario.

Cuando hablamos de Facturación Electrónica, aplican, entre otros, los numerales del 1 al 9, el numeral 10 ya no aplica, porque estamos eliminando el concepto de impresión en papel (talonario).

Los requisitos de la Factura de Venta son:

  1. Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien preste el servicio.
  2. «Modificado» Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios.
  3. Estar denominada expresamente como factura de venta.
  4. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.
  5. Fecha de expedición.
  6. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas de los bienes o servicios.
  7. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.
  8. La discriminación del IVA pagado.
  9. Valor total de la operación.
  10. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.